QUIEN NEGOCIARA CON VENEZUELA?
Venezuela no opera hoy bajo un modelo petrolero convencional de concesiones ni bajo esquemas clásicos de Production Sharing Agreements (PSA). En su lugar, se ha optado por Contratos de Participación Productiva y acuerdos operativos en los que el Estado conserva una participación dominante y un control decisivo sobre la operación.
En términos coloquiales, este esquema podría describirse como la conocida ley del embudo: lo ancho para el Estado; lo angosto para quien asume el riesgo y decide invertir.
Es cierto que los venezolanos contamos con la materia prima. Sin embargo, el capital, la tecnología, la infraestructura y buena parte de la logística no juegan hoy a nuestro favor. Esta asimetría no puede ignorarse al momento de estructurar relaciones contractuales sostenibles y equilibradas.
Permítame ilustrarlo con un ejemplo sencillo, muy propio de nuestra cultura. Imaginemos a un diseñador de modas venezolano brillante, con pleno dominio del mundo fashion, talento probado y colecciones dignas de las principales pasarelas internacionales, pero carente de infraestructura, capital, maquinaria y personal. Supongamos que acude a un bufete solicitando la redacción de un contrato joint venture— en el que aporte su conocimiento y retenga el 51 % de la participación, mientras que los inversionistas, responsables del financiamiento y de la estructura operativa, reciban el 49 % restante.
Jurídicamente, aun cuando el reparto parezca cercano al equilibrio, la desproporción entre riesgo, capital y control revela una relación asimétrica, susceptible de derivar en un contrato leonino si no se corrige mediante garantías, reglas claras de gobierno corporativo y mecanismos de protección adecuados.
Algo muy similar parece estar ocurriendo en nuestra industria petrolera, donde el marco legal interno luce desfasado frente a las prácticas y exigencias del mercado internacional.
La legislación venezolana se reserva, con razón histórica y constitucional, la propiedad del subsuelo y de los recursos naturales. De no ser así, sencillamente careceríamos de territorio, producto de negociaciones mal estructuradas o abiertamente desventajosas. No obstante, una cosa es preservar la soberanía y otra muy distinta es desconocer las reglas básicas de la contratación internacional.
No es casual que el primer bloqueo naval sufrido por Venezuela, entre 1902 y 1903, impuesto durante el gobierno de Cipriano Castro por Reino Unido, Alemania e Italia, dejara una lección que el tiempo no ha borrado: cuando un Estado desconoce deudas, contratos u obligaciones internacionales, el conflicto deja de ser retórico y se traslada al terreno de la coerción. El mensaje fue claro: cuando no se paga o no se honra lo pactado, otros imponen sus condiciones. Si no es por la razón jurídica, es por la fuerza.
En el año 2026 ocurre, en esencia, el mismo fenómeno. Alguien decidió jugar al “exprópiese”, despreciando la seguridad jurídica, el respeto a los contratos y el equilibrio económico de las relaciones internacionales. Hoy, como país, estamos pagando esa factura con creces: aislamiento, litigios, sanciones, desconfianza y pérdida de oportunidades reales de desarrollo.
Hemos llegado, en no pocos casos, a desconocer las leyes que nosotros mismos promulgamos y a deshonrar contratos que el propio Estado venezolano firmó válidamente, sin vicios del consentimiento. Bien lo expresó Salomón en sus proverbios: “El látigo es para las espaldas del necio”.
Ojalá las generaciones de relevo comprendan que vivimos en un concierto de naciones donde el lenguaje jurídico, político y diplomático debe ser coherente. Cuando ese lenguaje falla, el que termina imponiéndose es el de la fuerza, el bélico, donde el ganador se lo lleva todo.
Sería deseable que los abogados especializados en energía e hidrocarburos abordemos estas relaciones contractuales con una visión de equilibrio y beneficio común, no bajo la espada de Damocles. Ello implica analizar cada cláusula y cada coma, no solo la letra grande sino también la pequeña, con una perspectiva clara de corte y arbitraje internacional.
Una vez más, el problema no es el petróleo. El problema es su gerencia.
Aunque los contratos actuales permiten la entrada de capital y cierta operación privada, carecen de garantías reales de estabilidad, transparencia y claridad jurídica, elementos que caracterizan a los contratos petroleros internacionales robustos. La seguridad jurídica, las reglas claras de inversión y los mecanismos transparentes de adjudicación siguen siendo requisitos indispensables para recuperar la confianza del inversionista extranjero y atraer inversión sostenible de largo plazo.
En esta nueva etapa, la llamada “viveza” debe quedar fuera de la operación. Es imperativo dejar de pensar en el corto plazo y entender que se trata de un proyecto de nación, no de una coyuntura de política partidista.
He tenido —y sigo teniendo— excelentes profesores, porque continúo estudiando, investigando y aprendiendo. Fui formado por un padre estricto en principios, para quien la palabra dada equivalía a la firma de un contrato. Sé que muchos de mis contemporáneos venimos de esa misma escuela. Sin embargo, la pregunta es inevitable: ¿qué nos ocurrió?, ¿en qué momento se perdió el rumbo?
Tal vez hoy lo más urgente sea volver a esa senda antigua, reconocerla y decidir caminar nuevamente por ella.
El mundo corporativo no tiene sentimientos; se gerencia por resultados. Pero esos resultados solo cambian cuando los procesos se ejecutan correctamente. De lo contrario, seguiremos obteniendo —una y otra vez— los mismos resultados que decimos no querer.
Conclusión:
Venezuela no necesita reinventar el petróleo; necesita reordenar jurídicamente su relación con la inversión. El país cuenta con reservas, experiencia histórica y talento humano. Lo que falta es un marco contractual moderno, coherente y creíble, alineado con los estándares internacionales de la industria energética.
La salida no pasa por ceder soberanía ni por repetir esquemas de control absoluto que ya demostraron su fracaso. Pasa por contratos equilibrados, con reglas claras de entrada y salida, respeto a la propiedad, estabilidad normativa y mecanismos efectivos de solución de controversias, preferiblemente mediante arbitraje internacional.
Solo cuando el Estado actúe como socio confiable y regulador serio, y no como contraparte impredecible, será posible atraer capital, tecnología y gestión profesional.
El verdadero desafío no es geológico, sino jurídico e institucional: sin seguridad jurídica no hay inversión, y sin inversión no hay industria.
El petróleo, por sí solo, no rescata naciones; lo hace la correcta administración del Derecho que lo gobierna.
Dr. Wilmer Estupinan
Abogado Venezolano
Consultor Internacional en Petroleo, Contratos y Arbitrage
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